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Un nuevo revés judicial golpea a la Municipalidad de Cerro Azul y vuelve a poner bajo la lupa la administración de sus reclamos fiscales. El Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Leandro N. Alem rechazó una ejecución fiscal por más de $165 millones iniciada por la comuna contra la empresa MM Bioenergía S.A., dedicada a la generación de energía renovable.

La demanda había sido presentada en junio de 2025 por una supuesta deuda vinculada a tasas de Seguridad e Higiene, Comercio e Industria correspondientes a distintos períodos entre 2021 y 2025. El municipio reclamaba exactamente $165.044.216,75 y solicitaba además medidas cautelares patrimoniales sobre bienes y fondos de la empresa.

Sin embargo, tras varios meses de litigio, la Justicia falló a favor de la empresa y rechazó el reclamo presentado por el municipio al considerar que la documentación utilizada para exigir el cobro no cumplía con los requisitos legales necesarios.

El eje central del fallo estuvo puesto en la legalidad de las ordenanzas tributarias utilizadas por la comuna. La sentencia remarca que la Ordenanza VI N° 25, utilizada por el municipio para fundamentar la deuda, recién fue publicada oficialmente el 1 de octubre de 2025, es decir, meses después de la intimación de pago y cuando ya se pretendían cobrar períodos anteriores.

Para el magistrado, esa situación afecta el principio constitucional de legalidad tributaria y torna improcedente la ejecución. “La ausencia de publicación impide reconocer eficacia normativa a la ordenanza en cuestión y, por ende, priva de sustento legal exigible al crédito cuya ejecución se pretende”, sostuvo la resolución.

La sentencia también cuestionó la confección de la boleta de deuda presentada por el municipio. El juez señaló que el documento no explicaba claramente qué se estaba cobrando, a qué períodos correspondía ni cómo se había calculado la deuda, incumpliendo requisitos previstos en el Código Fiscal.

Además, durante el proceso, MM Bioenergía sostuvo que su actividad se encuentra regulada bajo jurisdicción federal por tratarse de generación de energía renovable dentro del Mercado Eléctrico Mayorista, en el marco de las leyes nacionales de energías renovables. La empresa argumentó que el municipio no posee poder de policía sobre esa actividad y cuestionó la procedencia de las tasas reclamadas.

En otro tramo del fallo, el magistrado recordó jurisprudencia de la Corte Suprema y de tribunales provinciales que establecen que ningún tributo puede ser exigido si la norma que lo crea no fue debidamente publicada en el Boletín Oficial.

Además de rechazar la ejecución fiscal, la Justicia impuso las costas del proceso a la Municipalidad de Cerro Azul. La resolución también regula honorarios profesionales calculados sobre la base económica total del juicio fijada en más de $165 millones, lo que se traduce en un impacto económico que podría superar los $50 millones.

El fallo representa un fuerte revés institucional para la Municipalidad de Cerro Azul, ya que la Justicia cuestionó aspectos centrales del procedimiento utilizado para reclamar tributos y dejó abierta una discusión sobre los límites legales de las ejecuciones fiscales municipales.

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